Vaya por delante nuestra preocupación y asombro por el contenido de la misma, cuya peculiar interpretación abriría la posibilidad de que los terrenos de dominio público maritimo-terrestre, objeto de concesión, sean ocupados por todo tipo de actividades ajenas a la misma mientras "no impidan o perturben" la actividad principal: casinos, discotecas, etc.
En todo caso es de esperar que se trate solo del criterio de la Jefa de Costas de Pontevedra y que la resolución que en su día se dicte por la Dirección General de Sostenibilidad de la Costa y del Mar no sea tan manifiestamente carente de motivación como esta desdichada propuesta de resolución.