La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha desestimado el recurso de apelación interpuesto por el mariscador condenado a dos años y medio de cárcel por agredir a la secretaria, al vigilante y al biólogo de la Cofradía de Pescadores de A Pobra do Caramiñal. El puñetazo que le propinó en el ojo derecho a la secretaria le provocó la pérdida de visión. El acusado, según la sentencia, se presentó “alterado” en junio de 2016 en las oficinas de la entidad debido a una sanción administrativa de 500 euros que le habían impuesto y agredió a las víctimas. Los magistrados indican en la sentencia que “no existe prueba alguna que acredite la supuesta enemistad de los testigos hacia el acusado”, al tiempo que subrayan que “no puede prevalecer la versión del acusado, que se limita a negar que fuera el autor del puñetazo”.
“No advertimos que se haya incurrido en error en la valoración de la prueba, ni que se haya vulnerado el principio de presunción de inocencia, que, como es sabido, da derecho a no ser condenado sin prueba de cargo válida, que en este caso concurre y ha sido racional, objetiva y minuciosamente valorada, de acuerdo con las máximas de experiencia y reglas de la lógica”, recalcan los magistrados del TSXG.